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REGLAMENTO INTERNO

GRUPO IRUITEX SAS

Capítulo I: Jornada Laboral

ARTÍCULO 1. DURACIÓN

La empresa cumple con la ley vigente estableciendo una jornada de 44 horas semanales. Se labora exclusivamente de lunes a viernes.

ARTÍCULO 2. FLEXIBILIDAD DE ALMUERZO

Cada empleado puede elegir su modalidad de descanso:

  • Opción 30 min: Lunes a Jueves (8:00 AM - 5:30 PM) y Viernes (8:00 AM - 4:30 PM).
  • Opción 1 hora: Salida ajustada para cumplir las 44 horas semanales.

Nota: Este horario se ajustará en Julio de 2026 según la ley de 42 horas.

Capítulo II: Régimen de Pagos

ARTÍCULO 3. PERIODICIDAD

Los pagos se realizan de manera Quincenal, los días 15 y 30 de cada mes.

ARTÍCULO 4. FORMA DE PAGO

El pago es estrictamente electrónico mediante transferencia bancaria a la cuenta proporcionada por el trabajador al momento de su vinculación.

Capítulo III: Deberes Específicos

ARTÍCULO 5. CUIDADO DE MAQUINARIA

Es deber de cada operario velar por el mantenimiento básico y limpieza de la maquinaria asignada para la confección de bodys.

ARTÍCULO 6. REPORTE DE PRODUCCIÓN

Al finalizar la labor, cada operario debe entregar su producción a la encargada para su registro inmediato en la App Web de Producción.

ARTÍCULO 7. BIOSEGURIDAD

El uso de tapabocas es obligatorio. La empresa garantiza la disponibilidad de uno nuevo diariamente para cada trabajador.

Capítulo IV: Faltas y Procedimientos

ARTÍCULO 8. FALTAS LEVES

Darían lugar a Llamado de Atención Escrito:

  • Impuntualidad: Llegar >5 min tarde en 3 o más ocasiones en un mes.
  • Inasistencia: Faltar un (1) día sin justificación.
  • Producción: Rendimiento bajo el promedio del taller por primera vez.
ARTÍCULO 9. FALTAS GRAVES

Darían lugar a Diligencia de Descargos y posible suspensión o despido:

  • Reincidencia: Volver a cometer faltas leves tras 2 advertencias.
  • Abandono: Faltar dos (2) o más días seguidos sin aviso.
  • Baja Producción: No mejorar el rendimiento después de la advertencia oficial.
  • Daño Material: Dañar telas o máquinas por descuido o mal uso.
ARTÍCULO 10. DEBIDO PROCESO

Antes de cualquier sanción grave, el trabajador será citado a Diligencia de Descargos para ser escuchado, garantizando su derecho a la defensa según la ley colombiana.

Capítulo V: Canales de Comunicación

ARTÍCULO 9. REPORTES

Para reportar ausencias, emergencias o inquietudes, debe comunicarse con Jonathan Roa o Yisbersi Linares a través de:

  • Llamada Telefónica
  • WhatsApp
  • Correo Electrónico